El Poder Judicial pide la retirada del anteproyecto de Ley del Aborto

 Varapalo del Consejo General del Poder Judicial al anteproyecto de ley para la protección del concebido y de los derechos de la mujer embarazada, conocido como ‘Ley del aborto de Gallardón‘. El informe preliminar del órgano de gobierno de los jueces, que se votará previsiblemente en el pleno de marzo, reclama al Gobierno “reconsiderar en su totalidad y retirar” la reforma promovida por el Ministerio de Justicia, que en la actualidad se encuentra en tramitación parlamentaria.

Lo hace en términos muy duros, con alusiones al desamparo que va a provocar en la mujer y a la alarma social que ha generado en todos los ámbitos, nacionales y europeos, incluido entre destacados miembros del partido que sustenta al Gobierno, el PP, salvo en los sectores ultraconservadores.

El borrador elaborado por la ponente María Pilar Sepúlveda, al que ha tenido acceso este periódico, ya está en poder de los 20 vocales del Consejo para su lectura y formulación de enmiendas. A este borrador está previsto que se sume en breve el de la también ponente Carmen Llombart. Ambos tienen un carácter consultivo pero no vinculante para el Gobierno, pero dada la procedencia del mismo, el Poder Judicial, tiene indudable relevancia jurídica.

El informe asegura que la supresión de la actual ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) por un proyecto “más restrictivo” como el que propone Alberto Ruiz-Gallardón “nos aleja de los países de nuestro ámbito jurídico-político, y supone un retroceso en el avance de los derechos y de la igualdad de la mujer”, por lo que debe ser reconsiderado en su totalidad y retirado por el Ejecutivo.

La ponente recuerda que el modelo de plazos vigente se sitúa en el marco general seguido en la mayoría de los países de nuestro entorno, en los que la previsión de un plazo para el aborto oscila entre las 12 semanas (Alemania, Bélgica, Bulgaria, Dinamarca, Finlandia, Francia, Grecia, Noruega) y las 14, principalmente (de 90 días desde la concepción habla la Ley Italiana y de 18 semanas en la Ley Sueca modificada en 2007).

Defiende que la actual ley se acompaña de un sistema de indicaciones cerrado y taxativo, estructurado, con distintas redacciones, en la constatación de un riesgo grave para la vida o la salud de la gestante, o en la comprobación de la existencia de anomalías fetales graves, o extremadamente graves, estableciendo en estos casos un plazo para la interrupción del embarazado en torno a las 22 y 24 semanas de gestación.

«Transformación radical»

Pues bien, añade el borrador del Poder Judicial, este modelo sufre “una radical transformación” en el anteproyecto promovido por el Ministerio de Justicia, que opta por regresar al esquema básico original previsto en 1985, basado en el establecimiento de indicaciones tasadas que se configuran como conductas despenalizadas del delito de aborto, “estableciendo un sistema que no sólo nos aleja de la práctica europea mayoritaria, sino que incluso nos sitúa en el ámbito de las regulaciones más restrictivas en la materia”.

La vocal María del Pilar Sepúlveda, propuesta por la Comisión Permanente del Consejo para elaborar este informe, va más allá y critica que si la ley de 1985 generó inseguridad jurídica y prácticas extralegales o paralegales, la propuesta actual “contempla un régimen aún más restrictivo, en el que la libertad de la mujer embarazada, y la ponderación entre sus derechos a la intimidad, la autodeterminación, y la dignidad, decaen de forma evidente ante la protección del bien jurídico que representa el concebido”, que, según ha sostenido la jurisprudencia en reiteradas ocasiones, “no es titular de un derecho a la vida, sin que ello suponga que carezca de protección constitucional”.

Asimismo, asegura que el anteproyecto desconoce la evolución de la sociedad española, de sus convicciones, y de sus necesidades y preferencias en una cuestión que es básicamente de conciencia, al optar por dar una respuesta anacrónica, criminalizadora, que retrotrae a tiempos pasados y a prácticas indeseables, como el “aborto clandestino o el llamado turismo abortivo”.

Con todo, el informe preliminar considera la reforma de Gallardón vulnera libertades de la mujer, que se convierte en un “mero instrumento al servicio de la maternidad, necesitada de información y asesoramiento para decidir sobre su propia vida e intimidad, y su integridad personal, sin tener en cuenta sus derechos fundamentales”.

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